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Art.10 Del Régimen Disciplinario a) Se aplicará a los estudiantes el tratamiento disciplinario propio de la enseñanza superior. Los alumnos estarán obligados a observar un comportamiento acorde a la función para la cual se preparan y cumplir con las disposiciones reglamentarias establecidas. b) En su trato con los profesores, autoridades y alumnos deben guardar cordialidad y modales correctos, demostrando un trato y expresiones propias de un futuro profesional. c) Esta prohibido fumar en las instalaciones y dependencias de la FUNDACION ISI COLLEGE. d) Está prohibido ingresar a las aulas con teléfono celular encendido. e) Quien provocare deterioros, roturas, inutilizaciones y extravíos de material en forma intencional o negligente, deberá abonar la reposición correspondiente, sin desmedro de las sanciones disciplinarias que correspondan. f) Las manifestaciones de afecto deberán guardar concordancia con el ámbito en que se desarrolla una actividad educativa. Toda actitud al respecto no puede ir más allá de la buena camaradería o la sana amistad. g) No mascar chicles, ingerir alimentos o bebidas en horas de clase o fuera de los lugares establecidos para tal fin. h) Está prohibido el ingreso de toda persona ajena al curso (sala de teoría o de práctica). i) Las clases no serán interrumpidas para comunicarse con alumnos, por pedido de terceros en forma personal o telefónica (salvo casos de fuerza mayor). NOTA:EN TODOS LOS CASOS EL ALUMNO SERA RESPONSABLE DEL CONTROL DE SU SITUACION ACADEMICA, FUERA DE TODO CONTROL QUE ESTABLEZCA EL ESTABLECIMIENTO.
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